Las claves de la medida son:
- La medida será de aplicación durante 12 meses y, como máximo, hasta el 31 mayo 2023.
- Las centrales de gas, carbón y cogeneración sin retribución regulada recibirán una subvención por la diferencia entre el precio de gas en MIBGAS y un precio de referencia de 40 €/MWh que se incrementará hasta 70 €/MWh (promedio de 48,8 €/MWh).
- Se subvenciona la producción con gas y carbón. Supondría un coste a repartir de unos 4.300 M€ (cotizaciones actuales de gas – 76 €/MWh), si bien la subvención es muy sensible a las variaciones de precio de gas.
- La cogeneración con retribución regulada no participa en el mecanismo por lo cual no recibe subvención y el coste de gas le es reconocida vía Primas-RECORE.
- Financiación de la medida:
- Se financiará con cargo a la demanda Ibérica, eximiendo a las ventas con coberturas a precio fijo firmados antes del 26 abril 2022.
Aplica a contratos con precios indexados al spot y a nuevos contratos, renovaciones, revisiones de precio y prórrogas posteriores a dicha fecha. Los agentes disponen de 5 días hábiles desde la publicación del RDL para declarar los contratos exentos.
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- Se utilizarán además las rentas de congestión de la interconexión para financiar la medida. La medida producirá un incremento de exportaciones (aprox 30 TWh) adicionales a la producción térmica en condiciones normales ( aprox 50 TWh). La exportación a Francia produce rentas de congestión (por diferencia entre el precio de Francia y de España) de las que cada país se queda el 50%.
- Se incluye un fuerte régimen sancionador con el objetivo de no alterar la presentación de ofertas en el mercado así como en relación a la declaración de la energía exenta del mecanismo, con la supervisión de la CNMC
Otras medidas:
- Mandato para revisar el PVPC antes del 1 octubre 2022, incorporando una cesta de productos a plazo (podrá ser anual, trimestral y mensual) y de productos spot (diario e intradiario). También podrá incorporar el resultado de las subastas inframarginales si se convocan autorizándose la participación de las COR a las mismas.
- Mandato para revisar la indexación del régimen económico de las renovables, cogeneración y residuos con el objetivo de aportar liquidez al PVPC (precio regulado para el consumidor final).
- Financiación del Bono Social: Se establece un mandato para que en el plazo máximo de 6 meses sea reconocido el coste de financiación a los sujetos que realicen actividades reguladas. También se adoptan mejoras técnica del procedimiento de liquidación.
Link a la norma completa en el BOE de Real Decreto-ley 10/2022